SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1390/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1390/2004-R

Fecha: 30-Ago-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 26 de mayo de 2004 (fs. 15 a 18), el recurrente manifiesta que Nils Ricaldi Rocha mediante documento de devolución de dinero de 15 de diciembre de 1999 le prestó la suma de $US1.600.- y ante el incumplimiento de pago le instauró demanda ejecutiva señalando que tenía domicilio en el Barrio 7 de Julio a dos cuadras y media del Colegio 7 de Julio, casa con techo de teja color blanco, habiendo el Oficial de Diligencias indicado que se constituyó en su domicilio y que su persona se rehusó a firmar la citación con la demanda, faltando a la verdad, por cuanto desde inicios del año 2000 ya no vive en la ciudad de Santa Cruz, por el contrario, tiene domicilio en la localidad 35, en la jurisdicción de Yapacaní, hecho que prueba con el certificado domiciliario que adjunta, encontrándose separado de su esposa desde el mes de enero de 2001. No obstante de ello, con la finalidad de proseguir con el proceso hasta el transe de subasta y remate el Oficial de Diligencias manifestó que se rehusó a firmar la citación y demanda principal.