AUTO CONSTITUCIONAL 501/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 501/2004-CA

Fecha: 10-Sep-2004

I.1. Antecedentes

Afirman que al estar el Senador Hormando Vaca Diez Vaca Diez ejerciendo la Presidencia de la República de conformidad a lo dispuesto por el art. 93 de la CPE y la interpretación constitucional contenida en SC 003/01 de 31 de julio de 2001, al encontrarse el Presidente Constitucional de la República, Carlos D. Mesa Gisbert en la República del Perú, la  sesión de 3 de agosto de 2004 fue precedida por el Senador Gonzalo Chirveches, Primer Vicepresidente de la Cámara de Senadores y fue habilitado para que ejerza la titularidad  el Senador suplente del Senador Hormando Vaca Diez Vaca Diez,  Osvaldo Justiniano.

Que Hormando Vaca Diez Vaca Diez se hizo presente en dicha sesión camaral en el momento de la votación, haciendo abandono de su cargo de Presidente de la Republica y haciendo que su suplente, emita su voto, ilegalmente, por cuanto se entiende que la sola presencia del titular, dejaba sin efecto el estatus jurídico del suplente. Por otra parte, al estar ejerciendo el interinato  de la Presidencia de la República, no podía ser candidato a la directiva de la Cámara de Senadores, menos proceder a la posesión de toda la directiva del Senado, entendiendo que de los 27 senadores que conforman esta corporación legislativa deben ser los únicos  candidatos y no quienes están fuera del mismo, sesión en la que se eligió a Hormando Vaca Diez Vaca Diez como Presidente de la Cámara de Senadores, sin considerar su doble impedimento legal: por una parte el ejercicio de la Presidencia de la República y por ende su pertenencia al Poder Ejecutivo  y por otra, su imposibilidad de participar y candidatear a la Presidencia de la Cámara de Senadores para la legislatura 2004-2005, en razón de haber habilitado  a  su suplente.