Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005
Fecha: 11-Ene-2005
II.9.
II.9. A través del Laudo Interlocutorio 08/04, de 11 de octubre, el Árbitro Único rechazó el recurso de anulación interpuesto por la ADSIB, por haber sido interpuesto fuera del plazo establecido por el art. 64 de la LAC (fs. 47), y por Laudo Interlocutorio 09/04, de 20 de ese mes, se declaró la ejecutoria del Laudo Arbitral 12/2004 (fs. 659 a 660).