SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005

Fecha: 11-Ene-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente impugna el Laudo Arbitral 12/2004 y el Laudo Complementario 13/2004, pronunciados por el Árbitro Único del Centro de Conciliación y Arbitraje Comercial de la Cámara Nacional de Comercio, dentro del proceso arbitral interpuesto por María Eugenia León Ugarte contra la ADSIB, usurpando funciones  porque se dictaron esos Laudos sin existir materia arbitral, lo que determinó  la falta de jurisdicción y competencia del Juez Arbitral; señala, que al otorgar valor jurídico a un documento contractual que fue modificado por otro, usurpó funciones jurisdiccionales; asimismo, expresa que la entidad demandada se encontraba sin representante legal para interponer el recurso de anulación previsto en la Ley de arbitraje y conciliación,  y que pese a haberse demostrado el estado de indefensión, se declaró ejecutoriado el referido Laudo Arbitral. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y determinar si la autoridad recurrida al dictar  el Laudo Arbitral y el Laudo Complementario que se cuestionan ha actuado con jurisdicción y competencia, o por el contrario ha incurrido en los preceptos jurídicos previstos por los arts. 31 de la Constitución Política del  Estado (CPE) y 79.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar fundado o infundado el recurso.