SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R

Fecha: 03-Ene-2005

II.2.

II.2.  El 12 de julio de 2004 se llevó a cabo el acto de apertura de propuestas. El 20 del mismo mes y año, el Asesor Legal del Corregimiento de Villamontes emitió el Informe 022/2004 dirigido al Presidente de la Comisión de Calificación refiriendo que la Asociación Accidental “PETROSUR y Asociados” no presentó la documentación conforme a lo exigido en el Pliego de Condiciones, debido a que no presentó el Formulario A-4b (Declaración de Integridad de los Proponentes), en forma independiente para cada uno de los socios de la asociación accidental, por lo que concluye que la indicada empresa no cumple lo exigido en el indicado Pliego.