SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
III.2.
III.2. El DS 27328 de 31 de enero de 2004, que regula los procesos de contratación de bienes, obras y servicios, y al cual se sujetó la Licitación Pública Internacional que ha motivado el recurso, en su art. 60 establece el recurso administrativo de Impugnación como forma de reclamo de los actos administrativos constitutivos del proceso de contratación, por el cual los Proponentes pueden impugnar las resoluciones señaladas en el art. 61 de la indicada Disposición Legal, cuando dichas resoluciones afectan, lesionan o causan perjuicios a sus legítimos intereses. Entre las resoluciones administrativas que pueden ser objeto del recurso administrativo de impugnación, conforme al art. 61 inc. c) del DS 27328 se tiene precisamente a la Resolución de Adjudicación.