Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
II.4.
II.4. Por memorial de 29 de julio de 2004, la Asociación Accidental “PETROSUR y Asociados” interpuso recurso de impugnación en contra de la Resolución de adjudicación anteriormente referida (fs. 897 a 903). Por su parte, el recurrente por escrito de 9 de agosto de 2004 formuló sus argumentaciones respecto al recurso planteado y solicitó se confirme la Resolución de Adjudicación (fs. 25 a 36)