SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2005-R

Fecha: 03-Ene-2005

III.4.

III.4. Este mismo criterio ha sido asumido por la jurisprudencia constitucional frente a situaciones fácticas similares, tal es el caso de la SC 0232/2003-R de 26 de febrero, dentro del recurso de amparo constitucional planteado por ASTALDI S.p.A contra José María Bakovic Turigas, Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Caminos, aunque aplicándose las disposiciones de los Decretos Supremos 25964 y 26208 entonces vigentes, señalándose en aquella oportunidad: