Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2005-R
Fecha: 19-Ene-2005
II.4.
II.4. El 1 de junio de 2004, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social, mediante Auto rechazó el recurso de apelación interpuesto, por no ser el Banco Mercantil S.A. parte en el proceso laboral, de acuerdo a lo dispuesto por las normas previstas por el art. 50 del CPC aplicable supletoriamente (fs. 107 vta.); decisión contra la que el recurrente presentó recurso de compulsa, siendo declarada ilegal mediante Auto de Vista 009/2004 de 7 de julio, por no ser aplicables las normas previstas por el art. 222 del CPC (fs. 108).