Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005-R
Fecha: 24-Ene-2005
b) DISPONE
b) DISPONE la libertad del representado del recurrente, así como la remisión de antecedentes al Colegio Departamental de Abogados, sobre la actuación negligente de la Defensora que actuó en este proceso, a los fines consiguientes de ley. La Corte Superior de Justicia, deberá tomar las previsiones correspondientes, a fin de evitar que la referida abogada sea designada nuevamente como Defensora de Oficio.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- este recurso
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.2.
- III.3.
- III.5.
- procedencia
- b) DISPONE