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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005-R

    Fecha: 24-Ene-2005

    II.7.

    II.7.  Se advierte que en toda la tramitación del proceso se consignó el nombre de Aurelio Delgadillo en referencia al representado del actor, y en el Parte Diario de Novedades del Penal de “Mocoví” de 3 de abril de 2004 (fs. 64), se registró su ingreso como Aurelio Delgadillo, observándose que se añadió a mano un apellido materno ilegible.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1.Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.
    • este recurso
    • a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”
    • III.2.
    • III.3.
    • III.5.
    • procedencia
    • b)  DISPONE

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