SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2005-R

Fecha: 24-Ene-2005

III.1.

III.1.  La línea jurisprudencial establecida por este Tribunal señala que quien no impugna oportuna y adecuadamente los actos que considera lesivos a sus derechos y garantías fundamentales, pierde su derecho a cuestionar por la vía de la tutela que otorga el amparo constitucional, porque incurre en consentimiento libre y expreso de dichos actos, a tenor de lo previsto por el art. 96.2) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), citando al efecto las SSCC 1399/2004-R, 1588/2004-R, 1621/2004-R, 1834/2004-R, entre otras.