SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
II.3.
II.3. Devuelto el expediente al juzgado de origen, por memorial de 11 de abril de 2003, los demandantes modificaron la demanda y limitaron su acción al interdicto de retener la posesión, dirigiendo su acción sólo contra el ahora recurrente (fs. 1039 a 1043 vta.); por lo que tramitado que fue el proceso, el Juez recurrido dictó la Sentencia Agraria 07/2003, de 25 de julio, declarando probada la demanda de interdicto de retener la posesión contra Walter Ezequiel Molina Saucedo -ahora recurrente- (fs. 1317 a 1321 vta.); Sentencia contra la que el 2 de agosto de 2003, el ahora recurrente formuló recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 1325 a 1332 vta.), que fue concedido por Auto de 25 de agosto de 2003 (fs. 1350).
El 5 de septiembre de 2003, el expediente con el recurso de casación interpuesto se radicó ante el Tribunal Agrario Nacional (fs. 1357) y previo sorteo (fs. 1366), fue resuelto por Auto Nacional Agrario S1ª 68/2003, de 1 de octubre, anulando obrados hasta el acto procesal de fs. 1415 del expediente original, disponiendo que el Juez a quo señale día y hora de audiencia y, resuelva el incidente de incompetencia en razón de la materia interpuesto por la parte demandada (fs. 1367 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- se disponga la anulación de todo lo obrado en el juicio agrario seguido en su contra por absoluta incompetencia en razón de la materia
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- improcedente y denegaron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- sin competencia alguna
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA