SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2005-R

Fecha: 10-Oct-2005

i)

Con el uso del derecho a la dúplica los abogados manifestaron lo siguiente: i)  el recurso debió ser rechazado porque no cumple con lo dispuesto por el art. 97.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); ii) al interponer el recurso se pretende convertir al Tribunal de garantías en una tercera instancia del proceso disciplinario administrativo al solicitar se sancione a los vocales de la Sala Civil sin goce de haberes; y iii) si el recurrente consideraba que la Resolución de primera instancia había sido firmada por Hugo Salces Santistevan cuando éste ya no ejercía funciones, debió plantear un recurso de nulidad contra ese Tribunal Sumariante y no contra el de segunda instancia.