SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1282/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1282/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

III.1.

III.1. Con carácter previo a ingresar al análisis del problema planteado, resulta necesario referirse a lo alegado por el Juez de Instrucción recurrido, en sentido de que su actuación ya fue demandada en otro amparo interpuesto por el recurrente y que a criterio suyo existiría identidad de objeto, sujeto y causa. Al respecto cabe señalar que si bien es evidente que, de acuerdo al expediente 2003-06782-13-RAC, el recurrente presentó un recurso de amparo constitucional contra la misma autoridad judicial; empero, los argumentos de ese recurso denunciaban como actos lesivos el que el actor fue condenado en un proceso penal por un inexistente delito de despojo, y sin que se haya operado previamente la declaración de autoridad judicial sobre la desposesión del terreno, denunciando la conculcación de su derecho a la propiedad privada y de la garantía del debido proceso, recurso que mereció el pronunciamiento de la SC 1071/2003-R, de 29 de julio, que aprobó la improcedencia del  amparo constitucional en aplicación de los principios de  inmediatez, por no haberse observado el plazo de los seis meses para interponer el recurso y de subsidiariedad por no haber opuesto el recurrente la cuestión prejudicial respecto de la presunta falta de “declaración previa del órgano jurisdiccional civil sobre la desposesión y fundamentalmente de los medios utilizados en ella”, lo que demuestra que en el presente recurso los motivos del amparo son diferentes a los planteados en el anterior recurso, aspectos por los cuales corresponde ingresar a conocer lo ahora demandado por el recurrente.