Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Luis Enrique Serna, en su memorial de fs. 71 y vta., presentado el 22 de marzo de 2005, señaló que la Sala Social y Administrativa dictó Auto de Vista confirmando en todas sus partes el Auto dictado por la Jueza recurrida, que rechazó la solicitud de nulidad de la sentencia, cuando ésta ya había sido declarada ejecutoriada; pretendiendo los actores con este amparo sólo dilatar el cobro de los beneficios sociales a que tiene derecho.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Nelly R. Sánchez Justiniano, Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social,
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Presupuestos de distinción para establecer cuándo se activa la vía del recurso de amparo y cuándo la vía del recurso directo de nulidad, ante supuesta falta de competencia de las autoridades recurridas
- la vía del amparo constitucional se activa
- se activa la vía del recurso directo de nulidad
- incluidas las judiciales
- III.2. El caso de examen
- III.3.
- APROBAR