Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1292/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.2.
II.2. El 14 de noviembre de 1996, el funcionario policial representó que buscado en varias oportunidades el imputado, éste “se esconde maliciosamente en su domicilio”, por lo que a los efectos de la ejecución del mandamiento de aprehensión es necesario su allanamiento (fs. 6 vta.). El Juez de Instrucción, a solicitud de la querellante, mediante proveído de 19 de febrero de 1997 ordenó se libre mandamiento de aprehensión mediante comisión instruida para toda la República (fs. 7 y vta.).