Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución 21/2005, cursante de fs. 139 a 141 vta., pronunciada el 6 de abril de 2005, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última,
- APRUEBA