Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1302/2005-R
Fecha: 17-Oct-2005
II.6.
II.6. Tramitado el recurso de hábeas corpus, la Jueza de garantías en la Resolución de 11 de agosto, declaró procedente el recurso, disponiendo que la Jueza recurrida, luego de notificada con el presente fallo, verifique la audiencia pública para recepcionar el compromiso juramentado del obligado y recurrente, dispuesto en el art. 11.I de la LAPACOP (fs. 30).