SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2005-R

Fecha: 14-Nov-2005

1)

El recurrente arguye que el Juez recurrido vulneró sus derechos a formular peticiones y a la defensa por cuanto: 1) el Juez recurrido incurrió en dilación indebida de su cesación de detención preventiva al señalar audiencia al efecto para dentro de siete días; 2) no obstante que acudió junto a su abogado en forma puntual a la audiencia de cesación de su detención preventiva, el Juez rechazó infundadamente la celebración de la misma, así como sus solicitudes de que se celebre dicha audiencia y se le franqueen fotocopias legalizadas, aduciendo injustificadamente haber perdido competencia como emergencia del recurso de hábeas corpus que interpuso, el mismo que se encuentra en revisión en el Tribunal Constitucional. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por el actor.