SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2005-R
Fecha: 14-Nov-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 11 de abril de 2005 (fs. 7 a 8 vta.), el recurrente arguye que dentro de la querella penal que Freddy Fujimoto Rodríguez le sigue por el supuesto delito de estafa, como consecuencia de una relación enteramente laboral, una vez que se ordenó su detención preventiva, no obstante que solicitó ante el Juez cautelar recurrido sustitución de medidas cautelares, dicha autoridad decretó después de tres días en sentido de que el Ministerio Público remita a su despacho el cuadernillo de investigación, remitido el mismo, mediante otra providencia señaló audiencia para dentro de siete días, sumándose diez días más de prolongación de su detención preventiva.
Expresa que en ese ínterin de los siete días interpuso una demanda de hábeas corpus, cuya declaratoria de improcedencia se encuentra en revisión en el Tribunal Constitucional, y habiendo concurrido puntualmente a la audiencia junto a su abogado, el Juez demandado les comunicó que la audiencia quedaba suspendida porque había perdido competencia ante la demanda de hábeas corpus que se había planteado.
Señala que en atención a ese rechazo injustificado, presentó tres memoriales solicitando: 1) fotocopias legalizadas del cuadernillo de investigación; 2) se fundamente el motivo de la suspensión de audiencia de consideración de medidas cautelares sustitutivas a su detención; 3) se certifique sobre la suspensión de la indicada audiencia; peticiones que fueron rechazadas por el Juez recurrido aduciendo el mismo motivo en sentido de que no tenía competencia por haberse interpuesto la demanda de hábeas corpus.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- 1)
- III.1.
- III.2..
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- : 1)
- III.3.
- APRUEBA