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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2005-R

    Fecha: 14-Nov-2005

    II.4.

    II.4. A través del decreto de 12 de abril de 2005 (fs. 66) el Juez recurrido dejó sin efecto las providencias de 7 de abril de 2005 y conforme al art. 250 del CPP señaló audiencia de cesación de detención preventiva para el 13 de abril a horas 8:30, con dicho decreto se notificó al querellante el 12 de abril a horas 10:35 y al recurrente a horas 10:45 (fs. 67).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • 1)
    • III.1.
    • III.2..
    • no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
    • : 1)
    • III.3.
    • APRUEBA

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