Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2005-R
Fecha: 25-Nov-2005
I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
Por lo expuesto, plantea recurso de hábeas corpus contra Juan Martínez Fuentes, Dora Villarroel de Lira y Armando Pinilla Butrón, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Copacabana y vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, respectivamente, solicitando sea declarado procedente y se disponga que las autoridades recurridas dicten nueva resolución acorde a los datos del proceso y aplicando estrictamente las disposiciones legales pertinentes, con costas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el imputado el que debe demostrar, con los elementos de convicción necesarios, que los motivos que fundaron su detención preventiva han sido modificados o ya no existen, para que sea el juez quien, analizando en forma integral todos esos nuevos elementos, determine si su situación jurídica se ha modificado, y si, en consecuencia, ya no se presentan los supuestos que hicieron posible su detención
- el análisis integral de los nuevos elementos presentados por el imputado para obtener la cesación de la detención preventiva, no sólo alcanza al Juez cautelar, sino también al tribunal que conozca en apelación la resolución que conceda o rechace la cesación de la detención preventiva
- III.2.
- APROBAR