Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2005-R
Fecha: 25-Nov-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 02/2005 S.C. 1ra. cursante de fs. 378 vta. a 380, pronunciada el 21 de octubre, por Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Roso Jerez contra Fernando Antonio Navajas Baldivieso, Marcos Ramiro Miranda Guerrero y Emidia Alvarado, vocales de la Sala Penal y Jueza Tercero de Instrucción en lo Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, alegando vulneración de su derecho a la libertad, a la igualdad, la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso previstos en los arts. 6.I, II, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”,
- APROBAR