SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1567/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1567/2005-R

Fecha: 05-Dic-2005

II.4.

II.4.  El 8 de mayo de 2003,  Felicindo Párraga, solicitó reposición de obrados, por lo que la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, Celina Herbas Herbas, mediante Auto de 10 de mayo de 2003, dio por repuesto el expediente disponiendo la prosecución  del mismo con el argumento que se promueva la acción  por estar el término establecido en el Código de procedimiento penal próximo a  vencer (fs. 61 y vta).