SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

La autoridad recurrida, Julia Parra C., Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal informó en audiencia que pronunció sentencia a favor del recurrente y dispuso el perdón judicial conforme a derecho; asimismo, notificó oralmente a las partes presentes de manera personal, cual consta de las diligencias de 13 de octubre de 2005, sin embargo, la parte civil solicitó el 23 de octubre de 2005 que se le notifique, lo que puso en conocimiento de la parte imputada ahora condenada para que se pronuncie al respecto. Con referencia a la supuesta detención indebida del actor, señaló que la Sentencia no estaba ejecutoriada el 1 de noviembre de 2005, cuando la defensa solicitó el mandamiento de libertad y observó la solicitud de la parte querellante. A los fines de establecer el término de la sentencia, la tácita ejecutoria y resolver lo pedido por la parte querellante solicitó informe a Secretaría sobre los plazos procesales y las notificaciones respectivas, informe que es de 3 de noviembre de 2005, razón por la cual aún no se pronunció y tampoco emitió mandamiento de libertad por los feriados.