Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1628/2005-R
Fecha: 13-Dic-2005
II.1.
II.1. A través del fax CITE:VREC-218/2004 de 26 de marzo de 2004 (fs. 2) el Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, ahora co-demandado, comunicó al actor que debido a la grave crisis económica y financiera que afectaba al país y conforme a los DDSS 27327, de 31 de enero de 2004, y 27375 de 20 de marzo de 2004, que disponen la racionalización del gasto en las entidades del sector público y la adopción de medidas de austeridad para reducir el alto déficit fiscal, se ve lamentablemente, obligado a proceder al cese de sus funciones a partir del 30 de abril de 2004.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2.
- Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA