Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1628/2005-R
Fecha: 13-Dic-2005
Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Por su parte, el art. 36 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, prevé: “El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se sujetará para la solución de sus recursos de revocatoria y jerárquico a lo establecido por el DS 26319, de 15 de septiembre de 2001, que aprueba el Reglamento de Recursos de Revocatoria y Jerárquicos para la Carrera Administrativa, según corresponda, para sus funcionarios reconocidos dentro de la Carrera Administrativa”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2.
- Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA