Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1647/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 3 de junio de 2004 (fs. 4) los recurrentes dirigieron su solicitud de cancelación de las citadas anotaciones preventivas al “Juez Registrador de Derechos Reales de Santa Cruz” (sic), el correcurrido Registrador de Derechos Reales por decreto de la misma fecha (fs. 4 vta.) señaló que debían acudir a la vía legal correspondiente.