SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1653/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1653/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

El abogado de los terceros interesados expresó que existen recursos pendientes de sustanciación de los que el amparo no es sustitutivo, lo que hace improcedente el presente amparo. Hizo constar que adjuntó fallos constitucionales sobre contratos de anticresis en los que se reconoce que el contrato privado reconocido no es un instrumento válido oponible a terceros, sino que necesariamente para serlo debe estar inscrito en la oficina de Derechos Reales.