SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

II.11.

II.11. A través del oficio S.G. 096/2005, de 31 de enero (fs. 17), el Gerente General de COSSMIL hizo conocer a Silvia P. Meruvia Palacios la nota DNAJ 0034/05 de la Dirección Jurídica de la Corporación, emitida en atención a su petitorio. En dicha nota el Director Jurídico de COSSMIL consideraba inadecuada la solicitud de la representada del recurrente, en vista que las Resoluciones  del Tribunal Supremo de Justicia Militar son inapelables e irrevisables, y que desde el momento en que se planteó la apelación por las partes, la Corporación del Seguro Social Militar dejó de tener competencia y lo único que le corresponde era cumplir con las determinaciones emanadas por el Tribunal Supremo de Justicia Militar (fs. 18-19).