Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III.2.
III.2. Respecto a que los recurridos fallaron en materia de competencia de un Tribunal ordinario, reconociendo como única beneficiara a la Luisa Victoria Salinas Lucatelli, cuando el mejor derecho de una u otra cónyuge está siendo dirimido por el Juzgado Tercero de Partido de Familia, se debe señalar que esa afirmación no es evidente por las siguientes razones: