Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
1º
1º Se dispone cesen los actos ilegales e indebidos de las autoridades recurridas referidas a la intención de seguir demoliendo las construcciones de la empresa recurrente, entre tanto la Alcaldía Municipal de Quillacollo no substancie en proceso administrativo sancionador para demostrar que la empresa recurrente hubiese infringido normas urbanísticas o del Plan General de Ordenamiento Urbano.