Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.3.
II.3. El 24 de febrero de 2005, el recurrido Alcalde Municipal de Quillacollo, sobre la base del informe de la Dirección de Ordenamiento Territorial Cite NI 34/05, dictó la RA 006/05, mediante la cual determinó que las rasantes comprendidas entre los manzanos S-15 a S-34 del Sud Distrito Z.U.I.M. Iquircollo (camino antiguo a Cochabamba) debían respetar un ancho de vía de 25 mts; asimismo, dispuso que los inmuebles que no cumplan dicha disposición serían sujetos a demolición (fs. 43).