SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a la propiedad privada consagrados en el art. 7 incs. a), d) e i) de la CPE, de la Empresa que representa, que considera fueron vulnerados por los recurridos, pues la Alcaldía de Quillacollo procedió a demoler parte de la construcción de un inmueble de propiedad de su mandante, sin un procedimiento de expropiación o administrativo de otro tipo. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa mandante de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.