Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. El 30 de julio de 2001, David Julio Arauz Casanova interpuso demanda de cancelación de beneficios sociales contra la representante del Establecimiento Ganadero “La Pailita”, Karin Mayer Mayer a quien debía citársele mediante edicto al desconocer su domicilio, pidiendo se declare probada la demanda (fs. 14), que fue admitida por Auto de 3 de agosto de 2001, pronunciado por el entonces Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, Gilberto Roca Soruco (fs. 16). Constando de la diligencia de fs. 18 que la demanda fue notificada el 10 de mayo de 2002, mediante cédula en el domicilio señalado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.8
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad en el amparo contra decisiones judiciales
- 1)
- III.2. El caso ahora analizado
- no fue tramitado porque el recurrente no proporcionó los recaudos de ley conforme lo establecido en el art. 130 del CPT
- APRUEBA