SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2005-R

Fecha: 02-Feb-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El 12 de diciembre de 2004, a horas 22:20, el fiscal Wálter Roca ordenó mediante requerimiento la cesación del arresto de su representada, en el que además se manifestó que existía un impedimento de 13 días, por lo que dispuso se presente al día siguiente lunes 13 de diciembre a horas 9:00, lo que cumplió la menor, pero luego de prestar su declaración sin presencia de un representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, la aprehendieron y la mantuvieron incomunicada, ya que no se le permitió hacer ninguna llamada a algún familiar o abogado, lo que motivó que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia a través suyo, se presentara en la oficina de la División Personas de la PTJ, donde se entrevistó con el investigador asignado -corecurrido-, pero éste le indicó que no sabía nada del caso y que el cuadernillo de la investigación lo tenía la corecurrida Fiscal. Luego se entrevistó con la menor, quien le dijo que estaba detenida desde las 9:30 del 13 de diciembre pero hasta la misma hora del día siguiente no fue puesta a disposición del Juez cautelar. Finaliza señalando que su representada ha sido objeto de aprehensión indebida “por un delito que sería el de lesiones leves” (sic.), en franca contravención no sólo de su derecho a la libertad de locomoción sino también a las normas previstas por los arts. 6, 7, 226, 231, 233 y 303 del Código de procedimiento penal (CPP), 196, 304 y 308 del Código del niño, niña y adolescente (CNNA).