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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2005-R

    Fecha: 02-Feb-2005

    improcedente

    Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso lo declaró improcedente, con el fundamento de que si bien los recurridos no respetaron la presencia del defensor de la minoridad, conforme a las normas previstas por el art. 226 del Código de procedimiento penal (CPP), se la puso a disposición del Juez Cautelar, quien ha dispuesto su detención preventiva.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • b)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 12
    • III.3.
    • III.4.
    • III.6.
    • 1º

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