Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2005-R
Fecha: 10-Feb-2005
II.5.
II.5. El 5 de agosto de 2004, formalizó denuncia ante el Ministerio de Trabajo; donde el Inspector Departamental del Trabajo emitió un memorándum de reincorporación, otorgando un plazo de cuarenta y ocho horas para que sea reincorporada (fs. 4; 77); memorándum éste que fue entregado en la misma fecha a TRANSBEL S.A.; a cuya consecuencia, la empresa recurrida apersonándose ante el Ministerio del Trabajo, solicitó se realice nuevo examen ginecológico a la recurrente (fs. 8 a 9); a cuyo mérito, el Director Departamental del Trabajo por decreto de 9 de agosto de 2004, sugirió que la recurrente se someta a un nuevo examen médico, como solicita y a costa del empleador (fs. 9 vta.).