Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2005-R
Fecha: 10-Feb-2005
III.1.
III.1. El recurso de amparo constitucional consagrado en los arts. 19 de la CPE y 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ha sido establecido "...contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos por la Constitución y las leyes".