Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2005-R
Fecha: 21-Feb-2005
II.11.
II.11. Por providencia de 29 de diciembre de 2004, el juez recurrido señaló audiencia para la consideración de la solicitud de revocatoria de medidas cautelares presentada por la parte querellante (fs. 72 vta.), en cuya audiencia celebrada el 5 de enero de 2005, a la que no asistieron los recurrentes, la autoridad recurrida dispuso que con carácter previo se notifique a los procesados con la multa impuesta a su abogado defensor, ordenando un cuarto intermedio para realizar la audiencia de declaratoria de rebeldía y audiencia de solicitud de detención preventiva presentada por la parte querellante a ser considerada el 12 de enero de 2004 (fs. 74 y vta.).