SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2005-R

Fecha: 21-Feb-2005

II.8.

II.8.    Por memorial de 8 de noviembre de 2004, los recurrentes solicitaron la extinción de la acción penal (fs. 58 a 60 vta.), solicitud que fue rechazada por el Juez recurrido mediante Auto, de 22 de noviembre de 2004, con el argumento de que “los procesados para evitar una pronta tramitación y resolución del proceso y solo con el fin de dilatar el mismo han interpuesto numerosos incidentes, las mismas que fueron rechazadas; así como la inasistencia a las audiencias, dando lugar a que se les emplace mediante edictos para que asuman defensa, no demostrándose en consecuencia que la retardación sea atribuible al órgano judicial o al Ministerio Público, estableciéndose que la dilación del proceso en términos objetivos y verificables ha sido atribuido a los procesados, por los incidentes planteados al órgano jurisdiccional, lo que amerita se tenga que rechazar la solicitud de extinción de la acción penal planteada por los procesados” (sic.) (fs. 63 y vta.).