Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2005- R
Fecha: 08-Mar-2005
II.3.
II.3. Mediante providencia de 28 de febrero de 2002, el Tribunal de Honor del ICALP procedió a la apertura del periodo de prueba en el proceso disciplinario instaurado contra la recurrente, a quien se le notificó el 13 de marzo del mismo año, en “el domicilio señalado”, no consta la firma de la notificada (fs. 17).