SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0196/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela a los derechos a la libertad física o a la locomoción, a la defensa y al debido proceso, consagrados en los arts. 6.II, 7 inc. g) y 16.II y IV de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por los recurridos, pues han sido aprehendidos sin haber sido notificados, y se encuentran detenidos preventivamente sin que concurran las condiciones preestablecidas para que proceda su detención preventiva. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.