SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
a)
Los abogados del recurrente, a su turno, ratificaron el tenor de su demanda, añadiendo que: a) la autoridad recurrida pronunció la Resolución 213/04 por la que determinó la detención preventiva de su representado, con el argumento de que se probó que traficaba sustancias controladas, no obstante que en la requisa, no se le encontró en posesión de ninguna sustancia controlada, siendo inadmisible que a sola sindicación se encuentre detenido más de cinco meses; b) a tiempo de solicitar la cesación de su detención preventiva, se adjuntaron certificado y contrato de trabajo, contrato de alquiler; empero, por Resolución 412/04, el Juez recurrido rechazó su solicitud, indicando no haberse demostrado que tiene familia; c) no puede señalarse que por existir un anterior proceso, se aplicaría el peligro de reincidencia, siendo que no hay delito; consiguientemente el Juez, está estigmatizando a su representado, por tener antecedentes, culpándolo directamente.