SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2005-R

Fecha: 18-Mar-2005

III.6.

III.6. En el caso presente el recurrente ha señalado en su declaración informativa   que cursa a fs. 51 y 52 de obrados que tiene sentencia ejecutoriada en un proceso penal anterior por delitos relativos a la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y que se encuentra con beneficio de extramuro en el Juzgado Segundo de Ejecución Penal, lo que ha sido corroborado por la prueba  documental de fs. 90 a 91 consistente en la Sentencia condenatoria en su contra debidamente ejecutoriada; aspecto que fue valorado por el Juez recurrido al dictar la Resolución 412/2004 que rechazó la cesación de su detención preventiva, valorando el peligro de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234 y 235 del CPP, más aún cuando el actor no ha demostrado contar con autorización expresa para ausentarse a España como lo estaba haciendo cuando fue detenido, en consecuencia la autoridad recurrida con la facultad que le confieren los arts. 41 del CP, 235 Bis del CPP introducido por el art. 16 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, art. 234-6) y 235 del CPP modificados por la referida Ley y citados precedentemente, rechazó la cesación de la detención preventiva del recurrente, al evidenciar que el procesado era reincidente puesto que se tiene demostrado que fue condenado en un proceso anterior en el que se encuentra con el beneficio de extramuro, por lo que al momento de cometer un nuevo delito, se encontraba cumpliendo condena.