SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0244/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0244/2005-R

Fecha: 18-Mar-2005

III.3.2.

III.3.2. Al solicitar que el recurrente demuestre el estado del proceso  mediante una certificación a sola solicitud de la parte civil, modificando lo dispuesto en la audiencia y negando el valor de los medios de comunicación como el fax, cuya validez aceptó inicialmente, el recurrido impuso un requisito innecesario frente a las posibilidades de conseguir lo solicitado por medios de comunicación aceptados por la jurisprudencia, que en forma expresa ha reconocido validez a los documentos que transmitidos por vía fax se presentan ante las autoridades para hacer valer su contenido, como en la jurisprudencia glosada en el FJ III.2, máxime cuando lo que se trata de probar es la situación de un proceso dentro del propio órgano judicial del Estado, por medio de una comunicación interna, como es un fax de la Corte Suprema de Justicia a la Corte Superior o a un Juzgado; al no hacerlo así, el recurrido provocó una mayor dilación indebida a la dilucidación de la solicitud de modificación de la fianza impuesta al recurrente, manteniéndolo recluido pese a que se la detención preventiva cesó.