SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2005
Fecha: 19-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes impugnan la Resolución Municipal 001/2005, de 13 de enero de 2005 y todos los actos en los que intervino Eidy Yoany Salvatierra Vargas, porque la aludida es Concejala suplente, y no habiendo sido posesionado su titular, éste no podía delegar a la mencionada recurrida para que cumpla las funciones de Concejala, las que ejerció en la sesión ordinaria 003/05, posibilitando con su voto la elección de la Directiva del Concejo Municipal de Pailón y de la Alcaldesa; En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y resolver si los recurridos al aprobar las Resoluciones impugnadas han incurrido en los presupuestos del art. 31 CPE y 79.II de la LTC, a fin de declarar fundado o infundado el recurso.