SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0276/2005-R
Fecha: 01-Abr-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 2 de septiembre de 2004 (fs. 15 a 17) la recurrente arguye que el 23 de julio de 2003 adquirió una unidad de transporte, identificada con el interno 92 en la Línea de Transporte 68 y 59, y una vez que cumplió con los requisitos y formalidades de inscripción no pudo ingresarla a la Línea referida, debido a que le indicaron que ésta había sido embargada porque su padre, quien le vendió esa unidad al encontrarse en proceso de divorcio con su madre, la que había solicitado la anotación preventiva el 28 de agosto de 2002, y mientras persistiese tal inscripción, en el Sindicato de Transportistas “Santa Cruz”, no podría ingresar su unidad.
Expresa que sin embargo, en el Sindicato le informaron que no existía ningún gravamen, pues no se había dado curso a la anotación preventiva; empero supo por terceras personas que los dirigentes de la línea de micros y del Sindicato querían apropiarse de su unidad, por lo que presentó una carta al Sindicato el 21 de octubre de 2003, solicitando no se dé curso a su inscripción.
Manifiesta que posteriormente, en reiteradas oportunidades pidió al Sindicato cumpla el memorando de ingreso de su unidad, finalmente y pese a que presentó una orden y un oficio de levantamiento de gravamen que le exigieron -fuera de los Estatutos y Reglamentos- poniéndole “una y mil trabas” tanto el Sindicato como la Línea 68 y 59, éste ilegalmente no dio curso al ingreso de su unidad y retuvo algunas copias de cartas que hizo llegar, desconociendo el citado memorando que es el único requisito para habilitarse y trabajar, a más de que pagó también las mensualidades que se le exigió.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- cuando la parte recurrente ha utilizado todos los medios y recursos idóneos, en principio ante la misma autoridad -“persona(s)” o “particular(es)” en la especie-
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo del caso examinado