Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0276/2005-R
Fecha: 01-Abr-2005
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
De acuerdo a lo señalado plantea recurso de amparo constitucional contra Hernán Velásquez Capiona y Noel Jesús Alanoca Barco, Secretario General del Sindicato de Transportistas “Santa Cruz” y Presidente de la Línea de transporte 68 y 59, respectivamente, solicitando sea declarado procedente y se ordene el ingreso inmediato de la unidad 92 a la Línea de Transporte 68 y 59.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- cuando la parte recurrente ha utilizado todos los medios y recursos idóneos, en principio ante la misma autoridad -“persona(s)” o “particular(es)” en la especie-
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo del caso examinado